Un tribunal en el estado de Nuevo México, Estados Unidos, determinó que un feto abortado posee personalidad jurídica, lo que permitió que su familia recibiera una indemnización de 200,000 dólares. El fallo se dio tras un acuerdo en el caso Wabbington v. Boyd, derivado de un procedimiento de interrupción del embarazo realizado en 2020 sin el consentimiento válido de la madre.
La resolución establece que el producto de la gestación, que contaba con 26 semanas de desarrollo al momento del aborto, es un sujeto con derechos bajo la ley estatal de muerte injusta (Wrongful Death Act). Aunque no se dictó una sentencia de homicidio, el acuerdo transaccional con la clínica Southwestern Women’s Options reconoce al menor como “persona” y, por ende, como titular de un patrimonio hereditario.
Detalles del litigio contra la clínica
La demanda fue impulsada por la madre del feto, quien actuó como representante legal del patrimonio de “Baby Wabbington”. La acusación señala que la clínica, ubicada en Albuquerque y dirigida por los médicos Curtis Wayne Boyd, Emily Cohen y Carmen Landau, realizó el procedimiento mientras la mujer se encontraba bajo los efectos de metanfetaminas, lo que invalidó su capacidad para dar un consentimiento informado.
Además de la falta de consentimiento, la clínica fue señalada por no ofrecer información sobre programas de desintoxicación y por prácticas que la demanda calificó como desleales. Según los documentos, tras el aborto, el cuerpo no fue trasladado a una funeraria como se había prometido, sino que fue destruido en un contenedor de residuos sanitarios. El abogado Mike Seibel, parte de la defensa, señaló que el personal médico conocía el estado de adicción de la paciente y debió actuar con mayor rigor.
Implicaciones legales y posturas religiosas
Este caso es considerado histórico por organizaciones como Live Action, debido a que es la primera vez que un médico es demandado por la muerte de un recién nacido bajo la figura de negligencia médica en este contexto. El abogado Seibel destacó la contradicción del sistema en Nuevo México, donde se puede recibir una indemnización por la muerte de un feto reconocido como persona, pero la interrupción del embarazo sigue siendo legal.
En un contexto paralelo, el Papa León XIV aprovechó su visita a Francia para reafirmar la postura de la Iglesia Católica sobre la dignidad humana. Durante su estancia en Lourdes, el Pontífice enfatizó que la vida no debe ser interrumpida bajo pretextos de compasión.
“La persona humana es, en efecto, “digna” por el mero hecho de existir y de tener como fin la eternidad. Su dignidad no se mide ni se discute”
El líder religioso también advirtió que la legalidad de un acto no lo convierte en algo moral, señalando que la medicina no debe ser utilizada para decidir sobre la vida de embriones o personas mayores.

