La presidenta Claudia Sheinbaum anunció este 28 de julio en la conferencia matutina el arranque de la consulta pública sobre los Lineamientos Generales para la Protección de los Derechos de las Audiencias, emitidos por la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) en el marco de la nueva Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión. La consulta se ejecutará del 27 de julio al 21 de agosto de 2026 en el portal oficial portal.crt.gob.mx/consultapublica.
Marco normativo de los lineamientos
Los lineamientos presentados por la consejera jurídica Luisa María Alcalde Luján son de carácter obligatorio y aplican a:
- Concesionarias de Televisión Abierta y Radio.
- Concesionarias de Televisión y Audio de Paga.
- Programadoras de uso comercial, público y social.
Derechos de las audiencias reconocidos
El proyecto define con precisión los siguientes derechos:
- Información veraz y oportuna: prohibición de difundir información falsa, descontextualizada o histórica presentada como actual.
- Distinción entre información noticiosa y opinión: obligación de garantizarla mediante menciones, mensajes en pantalla, cortinillas o plecas.
- Distinción entre publicidad y contenido: obligación de asegurarla mediante señalizaciones equivalentes.
- Derecho de réplica: los medios deberán informar, al menos en su portal de internet, sobre el procedimiento correspondiente.
- Accesibilidad para audiencias con discapacidad: servicios para personas con debilidad auditiva y representaciones visuales respetuosas e inclusivas.
Códigos de Ética obligatorios
Los medios deberán contar con un Código de Ética que incluya:
- Mención expresa de los derechos de las audiencias.
- Procedimiento para presentar quejas ante la persona defensora.
- Criterios editoriales y valores que aseguren información veraz.
- Mecanismos para la designación de la persona defensora.
Defensoría de audiencias
- En radios y televisoras comunitarias, indígenas y afromexicanas: el defensor deberá provenir de la misma comunidad.
- Principios rectores: imparcialidad, independencia, objetividad y transparencia.
- Requisito: no tener conflicto de interés.
- Cobertura: al menos una persona defensora por concesionaria.
- Facultad de la CRT: requerir la designación de más defensores si no se cumplen los plazos.
Mecanismo de protección de derechos
El procedimiento contempla las siguientes etapas:
- Presentación de la queja ante la defensoría del medio.
- Recepción por parte de la persona defensora y solicitud de informe.
- En caso de detectar vulneración de derechos, emisión de recomendaciones al medio.
- Si el medio no atiende las recomendaciones o la audiencia considera insuficiente la restitución, la CRT interviene.
- La CRT aplica sanciones y multas económicas conforme a la ley.
Enfoque regulatorio: autorregulación
La presidenta señaló que los lineamientos no tienen carácter censor. Se basan en el principio de autorregulación: los propios medios nombran a su regulador o defensor de audiencias. El respeto a la pluralidad se mantiene como principio rector.
Ámbito de la consulta pública
La consulta está abierta a los siguientes actores:
- Audiencias (ciudadanía en general).
- Concesionarios (empresas del sector).
- Academia.
- Organizaciones civiles.
- Radios y televisoras comunitarias.
Marco institucional
La consulta y los lineamientos se articulan con:
- Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión.
- Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT).
- Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal.
- Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT).
Perspectiva legislativa y operativa
Al término del periodo de consulta, la CRT integrará los aportes y emitirá los lineamientos definitivos. Las concesionarias contarán con un periodo de adecuación normativa para el cumplimiento pleno de las obligaciones establecidas.

